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Qué es un PIAS
El Plan Individual de Ahorro Sistemático (PIAS) es un producto diseñado por las aseguradoras para fomentar el ahorro a medio y largo plazo, en particular cara a la jubilación (aunque se pueden usar con cualquier fin de ahorro a medio plazo).
Los PIAS nacen con la reforma fiscal del gobierno en enero de 2007 y hoy son un producto muy interesante para ahorrar mediante aportaciones periódicas por su excelente tratamiento fiscal a la hora de recuperar tu inversión (con algunas condiciones).
La aportación anual máxima a PIAS es de 8.000 euros y también y de 240.000 euros en total (puedes tener varios PIAS pero nunca superar ese volumen total o aportación anual).
Técnicamente, un PIAS es un seguro de vida en su modalidad ahorro (seguro de vida-ahorro), por contraposición a los seguros de vida-riesgo, que son los que aseguran un capital al beneficiario del seguro si el tomador asegurado fallece (el seguro de vida que conocemos desde siempre).
Tipos de PIAS
Hay varios tipos de PIAS en función del destino que la aseguradora haga de tus aportaciones (dónde invierta tu dinero).
Los PIAS menos interesantes por conservadores son aquellos en los que la aseguradora te asegura una rentabilidad mínima garantizada (lo que se llama interés técnico garantizado). Aunque no tienen riesgo, estos PIAS de ahorro garantizado tampoco tienen gran rentabilidad, posiblemente por debajo de la inflación. Luego son tan poco rentables como los depósitos, y yo no los recomiendo salvo en casos de personas a pocos años de la jubilación que quiera ser conservadora con sus ahorros justo antes de recuperar su PIAS.
Por otra parte, los PIAS «unit linked» hacen inversiones similares a las de los fondos de inversión.
Es decir que tus ahorros no están garantizados, pero las rentabilidades conseguidas pueden ser elevadas. Es decir que sus inversiones dependen de la política de inversiones de los fondos en los que invierten. La rentabilidad conseguida por estos «unit linked» dependerá del mayor o menor riesgo que queramos asumir (generalmente invierten la mayor parte en renta variable y una parte menor en renta fija).
Por último, hay PIAS en los que se puede asegurar un interés técnico mínimo, pero que invierten en fondos, es decir mixtos.
Pero lo que sí tienen que tener todos los PIAS, como seguros de vida que son, es una cobertura de fallecimiento. Aunque la tienen más para poder llamarse PIAS y ser comercializados por aeguradoras que como capital asegurado en caso de fallecimiento del tomador. Es decir, que no deberías contratar un PIAS buscando una indemnización por fallecimiento. Para eso están pensados los seguros de vida-fallecimiento.
Características de los PIAS
Como hemos visto, los PIAS son productos pensados para ahorrar a medio y largo plazo y obtener una renta a la jubilación (o antes).
Esto es importante: no deberías invertir en ellos si piensas rescatar la inversión en menos de 5 ó 6 años, ya que no lograrás acumular las ganancias que a largo y plazo obtienen, gracias al interés compuesto. Además, si los rescatas antes de 5 años pagarás impuestos por las ganancias obtenidas y posiblemente la aseguradora te cobre una comisión por rescate.
Los PIAS están pensados para una sola persona, uno mismo, ya que, como en todo seguro, hay un tomador del seguro, un asegurado y un beneficiario, que en el PIAS, coinciden en la misma persona. Por eso se llaman «Plan Individual etc.»
Por tanto, y salvo fallecimiento del tomador, el beneficiario es el titular (en caso de fallecimiento el beneficiario serían los que designe el tomador, es decir el cónyuge, los descendientes, amigos, etc.).
A diferencia de los planes de pensiones, los PIAS no generan beneficios fiscales durante la etapa de ahorro por las aportaciones realizadas, pero su principal ventaja es que los rendimientos generados al rescate no pagarán impuestos (IRPF) por los rendimientos cuando lo rescates si lo haces como renta vitalicia.
Ojo, que si recuperas tu ahorro como capital sí deberás pagar por los rendimientos generados por tus aportaciones periódicas (tributan como rendimientos del capital mobiliario).
La máxima aportación anual que puedes hacer a PIAS es de 8.000 euros. El máximo legal de ahorros por asegurado es de 240.000 euros.
En todos los PIAS, como seguros de vida que son, hay una cobertura de fallecimiento, pero si lo que buscas es cubrir ese riesgo para dejar bien pertrechada a tu familia en caso de fallecimiento, es mucho mejor un seguro de vida-riesgo.
La normativa permite mover tus fondos de forma total o parcial de un PIAS a cualquier otro, sin coste (aunque ojo por si tu PIAS actual tiene alguna penalización).
Fiscalidad del rescate
Aparte de la tributación de los rendimientos obtenidos, que hemos visto que es nula si se rescata el ahorro como renta vitalicia, sí deberás tributar en el momento del rescate por lo cobrado, anualmente.
Pero, dependiendo de tu edad, pagarás este porcentaje de IRPF como rendimiento de capital mobiliario va reduciéndose:
- Si tienes menos de 40 años, un 40%.
- Entre 40 y 49 años un 35%.
- Entre 50 y 59 años un 28%.
- Entre 60 y 65 años un 24%.
- Entre 66 y 69 años un 20%.
- Si tienes 70 o más años un 8%.
Como puedes ver, el PIAS, incentiva la recuperación de una renta vitalicia a la jubilación, tributando las rentas recuperadas cada año como rendimiento del capital mobiliario pero a tipos muy pequeños.
Diferencias con los planes de pensiones
La primera diferencia con un plan de pensiones es que las aportaciones anuales a PIAS no desgravan nada, a diferencia de los planes de pensiones y los Planes de Previsión Asegurada que sí reducen la base imponible del IRPF anual.
A diferencia de un plan de pensiones, que tiene muy limitados los casos en los que se puede rescatar tu inversión (jubilación, invalidez, paro), en los PIAS, existe liquidez en cualquier momento, aunque los primeros años verás penalizadas tus ganancias y no es nada recomendable rescatar tu inversión.
Juan del Real Martín
Soy economista por la Universidad Complutense de Madrid, especialización Finanzas. He alcanzado la independencia financiera y me gustaría ayudar a los demás a entender mejor los asuntos de dinero y a tomar las decisiones adecuadas en cada momento de la vida. La educación financiera es básica para que puedas lograrlo tú también.
3 Comentarios
3 Replies to “Qué es un PIAS”
Mi pregunta es en relación a los PIAS. una vez jubilado y cuando lo rescatas en forma de renta, si falleces tus herederos cobran lo que queda o se pierde el resto que te quedaba x cobrar ?
La renta vitalicia también es un seguro de vida. Por lo tanto en el momento de la contratación, igual que lo haces con el PIAS, designas beneficiarios en caso de fallecimiento.
Éstos percibirán en capital que en el momento del fallecimiento, no se hubiera consumido por el rentista.
En caso de no designar beneficiarios, por defecto, los son los herederos.
La ventaja de depositar un capital en un seguro vida/ahorro, también radica en que el capital acumulado en un seguro de vida ahorro, no forma parte de la masa hereditaria. Así, cuando el asegurado fallece, los beneficiarios o herederos legales, Zion en concepto de seguro de vida, Con un trato fiscal mucho más favorable que el de una cuenta bancaria, fondo de inversión, inmueble, o cualquier otra forma de herencia
Sin duda, el mejor lugar donde poner el dinero, es el mercado asegurador.
Saludos
Por favor, que nadie contrate un PIAS
Tienen muchos costes, mejor invertir en fondos indexados, obtendrás mejores resultados con muchos menos costes, los altos costes merman mucho la rentabilidad. Hablo de costes como, 70% de la aportación inicial (1200-70%) en el mejor de los casos, 2% sobre aportaciones extraordinarias y 1% anual. En un indexado tienes un coste de sólo el 0,30% anual. Por tanto, en el largo plazo, se consiguen mejores resultados con el indexado gracias a todos los costes que te ahorras, y que compensan con creces, la ventaja fiscal de los PIAS, es decir, la ventaja fiscal de los PIAS, no compensa, se paga más en gastos de lo que supone esa ventaja fiscal. Además, rescatar en forma de renta vitalicia es contratar otro producto que no tiene porqué ser la mejor opción. Te puede interesar, en un momento dado, seguir invertido e ir rescatando lo que vayas necesitando… Incluso podrías traspasar todo lo que tengas en fondos a fondos que paguen dividendos, y entre los dividendos y rescates parciales, te montas tu propia pensión sin dejar de estar invertido y sin dejar de seguir generando intereses…