Cuando contratas productos financieros para inversiones a largo plazo para la jubilación tienes que tener en cuenta tres variables clave: su fiscalidad, su liquidez y su rentabilidad.
Las inversiones a largo plazo en activos de renta variable (acciones) son las más rentables si se comparan con otros productos financieros a medio plazo o en renta mixta o fija. La inversión de nuestros ahorros a largo plazo en fondos de inversión cuya cesta esté bien distribuida, mediante los tres principios de la inversión (diversificar, promediar e invertir a más de 10 años vista, pase lo que pase en el corto y medio plazo) es una buena alternativa para ahorrar para la jubilación.
Pero tenemos a nuestra disposición muchos otros productos financieros para invertir a largo plazo. Hay productos ofrecidos por las aseguradoras como los PIAS, los seguros unit-linked, o los planes de pensiones que conviene conocer para contratar los productos más rentables a largo plazo.
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Planes de Pensiones
Los planes de pensiones son un producto bancario pensado exclusivamente para el momento de la jubilación. Las aportaciones anuales desgravan de tu declaración de la renta (IRPF).
En España se calcula que hay más de ocho millones de personas que tienen contratado un plan de pensiones, con más de 100.000 millones de euros invertidos (es decir, una media de 12.500 euros por persona).
Este dato es muy interesante si se compara con los 800.000 euros que tenemos los españoles en inversiones a corto plazo (cuentas corrientes, depósitos a plazo fijo, etc.). Y es, desgraciadamente un reflejo de nuestra mentalidad cortoplacista y de nuestra aversión al riesgo de cualquier inversión que no tenga una rentabilidad garantizada.
Cada año puedes hacer aportaciones a uno o varios planes de pensiones hasta 8.000 euros de tus rentas de ese año (o la cuantía hasta el límite del 30% de tus rendimientos del trabajo y/o actividades económicas), lo que llegue antes. Adicionalmente te puedes desgravar otros 2.500 aportados por tu cónyuge si éste no gana más de 8.000 euros.
Estas aportaciones tienen la ventaja fiscal de que minoran la base imponible por la que pagas el IRPF cada año.
En mi caso personal, las aportaciones anuales hechas a planes de pensiones por nuestro matrimonio han hecho que la declaración de la renta haya salido a devolver durante varios años, lo cual es muy bienvenido a corto plazo.
En cuanto su fiscalidad, no todo son ventajas. Como hemos visto, las aportaciones anuales a planes de pensiones reducen tu IRPF anual, pero a la hora de “rescatar” tu inversión, (a los 10 años de invertir o a la jubilación), tendrás que hacer frente a tus rentas de jubilación (tu pensión) más tus aportaciones a planes de pensiones y los beneficios generados por las mismas a lo largo de todos los años que dure tu inversión.
Cuando el dinero acumulado en el plan de pensiones es elevado, los expertos fiscalistas recomiendan rescatarlo vía rentas, ya sea durante un cierto número de años o de forma vitalicia, a través de un seguro de vida-ahorro. También es conveniente esperar un año fiscal completo para rescatar el plan en forma de renta tras iniciar la jubilación, para aligerar los impuestos.
Si se rescata el mismo año del retiro, se sumará el importe disfrutado del plan junto a los últimos ingresos estando en activo y puede ser muy gravoso.
PIAS
Un Plan Individual de Ahorro Sistemático (PIAS) es un seguro de ahorro pensado en el largo plazo (diez años como mínimo, e incluso jubilación).
Se trata de un producto nominativo y personal (por eso «plan individual») diseñado por las aseguradoras para fomentar el ahorro a medio y largo plazo, en particular cara a la jubilación. Pero se pueden usar con cualquier fin de ahorro a medio plazo para conseguir alguna meta personal de ahorro que nos hayamos fijado.
Los PIAS nacen con la reforma fiscal del gobierno en enero de 2007 y hoy son un producto muy interesante para ahorrar mediante aportaciones periódicas por su excelente tratamiento fiscal a la hora de recuperar tu inversión (con algunas condiciones).
Esa es la clave de los PIAS: las aportaciones anuales que hagas, sean únicas o periódicas, pero siempre hasta el máximo de 8.000 euros, no tienen un incentivo expreso en tu IRPF. Pero al recuperar tu dinero ahorrado y su rendimiento,
Pero, dependiendo de tu edad, pagarás este porcentaje de IRPF como rendimiento de capital mobiliario, por la rentabilidad conseguida con tu PIAS. Esta va reduciéndose:
- Si tienes menos de 40 años, un 40%.
- Entre 40 y 49 años un 35%.
- Entre 50 y 59 años un 28%.
- Entre 60 y 65 años un 24%.
- Entre 66 y 69 años un 20%.
- Si tienes 70 o más años un 8%.
Como puedes ver, el PIAS, incentiva la recuperación de una renta vitalicia a la jubilacion. Las rentas recuperadas cada año tributan como rendimiento del capital mobiliario pero a tipos muy reducidos.
Técnicamente, un PIAS es un seguro de vida en su modalidad ahorro (seguro de vida-ahorro). Y los es por contraposición a los seguros de vida-riesgo, que son los que aseguran un capital al beneficiario del seguro si el tomador asegurado fallece. Este es el seguro de vida que conocemos desde siempre.
Planes de Previsión Asegurados
Los planes de previsión asegurados son productos de las aseguradoras (seguros de ahorro) para inversiones a largo plazo.
Están pensados para inversores muy conservadores o en un momento de la vida donde hay que serlo (los últimos pocos años antes de jubilarse, por ejemplo).
Se trata de seguros de ahorro muy similares a los planes de pensiones en materia de aportaciones anuales limitadas, coberturas y prestaciones. Y con una fiscalidad similar a la de estos: las aportaciones anuales reducen la base imponible del IRPF y a la jubilación se consideran un rendimiento del trabajo.
La principal diferencia entre los PPAs y los planes de pensiones es que:
los planes de previsión asegurada te aseguran el cien por cien del capital invertido más una rentabilidad garantizada por trimestres o semestres (derechos acumulados).
y como también son seguros de vida, en caso de fallecimiento, los beneficiarios reciben el saldo acumulado más un capital adicional del 10% con un máximo de 12.000 € (600 € para asegurados con edad superior a los 65 años o que presenten riesgos agravados).
En la actualidad no tienen apenas rentabilidad con los actuales tipos de interés rondando el cero por ciento (0%).
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